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Impacto de la Ley de Eficiencia Procesal en los procesos civiles: todo sobre los MASC

Uno de los aspectos más relevantes de esta reforma es la promoción de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como alternativa a la vía judicial tradicional: te contamos qué son y cómo funcionarán.

La reciente aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha introducido cambios significativos en los procesos civiles en España, impactando directamente en áreas como el servicio de recobro judicial. 
 
Uno de los aspectos más relevantes de esta reforma es la promoción de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como alternativa a la vía judicial tradicional. 
 
Esta normativa tiene un impacto directo en múltiples áreas del derecho civil al fomentar la resolución extrajudicial de conflictos para agilizar los procedimientos y reducir la sobrecarga en los tribunales. 
 
Si quieres saber más sobre esta ley y los MASC, sigue leyendo que a lo largo de este post te vamos a explicar qué es la Ley de Eficiencia Procesal, qué son los MASC y cuál es su impacto en los procesos civiles. ¡Vamos a ello!  

¿Qué es la Ley de Eficiencia Procesal?

La Ley de Eficiencia Procesal nace con el objetivo de modernizar y mejorar el sistema judicial en España. Su propósito principal es disminuir la litigiosidad y promover métodos alternativos de resolución de conflictos para optimizar el tiempo y los recursos tanto de las partes involucradas como del sistema judicial. 
 
Entre los pilares fundamentales de la ley destacan: 

  •      La obligatoriedad de acudir a los MASC antes de interponer una demanda en determinados casos.
  •      La digitalización y simplificación de los procedimientos.
  •      La descongestión de los juzgados a través de mecanismos más eficientes. 

¿Qué son los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC)?

Se incorpora la figura de los medios adecuados de solución de controversias (MASC) como una estrategia para mitigar la sobrecarga en los Juzgados.  

Para ello, se establece como requisito de procedibilidad haber recurrido previamente a alguno de estos mecanismos, como la mediación o la conciliación privada, siguiendo el modelo aplicado en Cataluña con la mediación previa en asuntos hipotecarios. 
 
La ley establece la obligatoriedad de implementar los MASC en la jurisdicción civil, exigiendo que, al presentar una demanda, se adjunte el documento que acredite haber intentado una negociación previa como condición para proceder judicialmente. 
 
Las partes podrán elegir entre un amplio catálogo de MASC, lo que garantiza flexibilidad en su selección. No obstante, su aplicación es un paso obligatorio antes de acudir a los tribunales. 
 
Entre las opciones contempladas se incluyen la conciliación privada, la oferta vinculante confidencial, la opinión de un experto independiente, la mediación y otros mecanismos previstos en normativas específicas, especialmente en materia de consumo. 
 
Una de las principales novedades es que el acuerdo alcanzado mediante mediación tendrá la misma validez que una resolución judicial. Dicho acuerdo adquirirá valor de cosa juzgada para las partes, impidiendo la presentación de una nueva demanda sobre el mismo asunto. 
 
Para que tenga carácter de título ejecutivo, deberá ser elevado a escritura pública o, cuando corresponda, homologado judicialmente, permitiendo su ejecución sin necesidad de requerimiento previo. 
 
El Ministerio de Justicia estima que estas medidas podrían facilitar la resolución de uno de cada cuatro procedimientos civiles mediante acuerdo, reduciendo la carga del sistema judicial en más de medio millón de casos. 

Impacto de la ley en los procesos civiles 

Con la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia Procesal, los MASC han pasado de ser una opción voluntaria a convertirse en un paso obligatorio en ciertos procedimientos civiles. Esto tiene varias consecuencias directas que vamos a exponer a continuación:  

  • Reducción de la carga judicial : Los tribunales españoles han sufrido históricamente una gran saturación de casos, lo que ha generado retrasos significativos en la resolución de disputas. Con la implementación de los MASC, se espera que un alto porcentaje de conflictos se resuelvan sin necesidad de llegar a juicio, reduciendo así la congestión judicial. 
  • Mayor rapidez en la resolución de disputas: Los MASC permiten llegar a acuerdos en plazos mucho más cortos que los procedimientos judiciales tradicionales, lo que beneficia tanto a los ciudadanos como a las empresas que buscan resolver conflictos de manera ágil. 
  • Ahorro económico: El proceso judicial implica costes elevados en honorarios de abogados, tasas judiciales y otros gastos administrativos. La mediación y la conciliación, en cambio, suelen ser alternativas más económicas y accesibles para las partes involucradas. 
  • Flexibilidad y adaptabilidad: Los MASC ofrecen mayor flexibilidad en la resolución de disputas, permitiendo a las partes negociar términos y condiciones que se adapten mejor a sus necesidades y circunstancias particulares.  

9 puntos clave a tener en cuenta con la Ley de Eficiencia Procesal 

  1. Será obligatorio recurrir a un medio adecuado de solución de controversias en la jurisdicción civil.
  2. El propósito principal es restablecer la capacidad de negociación entre las partes.
  3. La asistencia letrada será opcional, salvo en los siguientes casos en los que será obligatoria:
    1. Cuando se formule una oferta vinculante.
    2. Cuando se acuda a una conciliación privada o a la mediación, siempre que el conciliador o mediador no sea profesional del derecho.
  4. La apertura de un procedimiento negociador interrumpirá el plazo de prescripción y suspenderá la caducidad de las acciones desde el momento en que la parte requerida reciba la solicitud.
  5. Las actuaciones negociadoras podrán llevarse a cabo de manera presencial o telemática.
  6. En asuntos cuya cuantía sea inferior a 600 €, el procedimiento se desarrollará preferentemente por medios telemáticos, salvo que no sea posible.
  7. Las partes deberán acreditar la negociación mediante un documento firmado. Si interviene un tercero, además del acuerdo, deberá certificar su identidad, cualificación, colegio profesional o institución a la que pertenezca, identidad de las partes, objeto de la controversia, fechas de las reuniones y una declaración solemne.
  8. En caso de alcanzarse un acuerdo, este tendrá valor de cosa juzgada y podrá ser elevado a escritura pública o homologado judicialmente para su ejecución.
  9. Una vez alcanzado un acuerdo, no podrá interponerse una demanda sobre el mismo asunto. 

 
La Ley de Eficiencia Procesal representa un avance significativo en la modernización del sistema judicial español. 

La promoción de los MASC no solo contribuirá a reducir la sobrecarga en los tribunales, sino que también facilitará la resolución rápida y económica de disputas en diversos ámbitos, incluyendo el recobro judicial. 
 
Sin embargo, su éxito dependerá de la concienciación, la formación de profesionales y la aceptación por parte de la sociedad de estos métodos como herramientas eficaces para la resolución de conflictos. 

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